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Ayudas asistenciales extraordinarias para españoles residentes en el exterior

La ayudas a españoles en el extranjero se han creado para paliar posible problemas derivados de una situación económica poco afortunada. Estas ayudas también son para familiares a su cargo, así como sufragar los gastos extraordinarios derivados del hecho de la emigración pero se debe acreditar que no se cuenta con recursos económicos propios. Tendrán expresamente la consideración de gastos extraordinarios:

  • Los ocasionados en el país de emigración por asistencia sanitaria derivada de problemas graves de salud que requieran atención inmediata que no pueda prestarse por los organismos de la Seguridad Social o Servicios Sociales.
  • Los gastos extraordinarios originados por la asistencia jurídica en procedimientos sociolaborales, en procedimientos civiles referidos a separaciones, divorcios y reclamación de alimentos, y los civiles y penales derivados de causas de violencia de género, siempre que el solicitante de la ayuda no pueda acceder al beneficio de la justicia gratuita. En ningún caso se sufragarán procesos laborales o de Seguridad Social iniciados contra instituciones españolas.

Beneficiarios y criterios de valoración

  • Los españoles residentes en el exterior, en situación de necesidad.
  • Los trabajadores españoles desplazados temporalmente, en situación de necesidad.

Se tomarán en especial consideración para la concesión de la ayuda los casos en los que se presente una situación de dependencia o se acredite ser víctima de violencia de género por cualquier medio de prueba admitido en derecho.

Cuantía

Las ayudas serán de cuantía variable en función de las causas que generen la solicitud y de la situación económica y familiar de los interesados.

Lugar de presentación de las solicitudes

En las Consejerías de Trabajo e Inmigración o en las Secciones de trabajo e Inmigración de las Oficinas Consulares, o bien en los Consuladosde España en el extranjero o Secciones Consulares de las Embajadas de España en el extranjero del lugar de residencia del solicitante.

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