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Gobierno de Galicia-Ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior

El Gobierno gallego cuenta con un programa de ayudas económicas individuales de carácter social dirigidas a gallegos residentes en el extranjero que posean la nacionalidad española, y a determinados familiares, que se encuentren en situación de precariedad económica. Estas ayudas están destinadas a cubrir las necesidades básicas de subsistencia y atención socio-sanitaria.
Orden de la convocatoria: 
Resolución del 13 de diciembre de 2010, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se establece y se regula el programa de ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior para el ejercicio de 2011. (D.O.G. martes, 21 de diciembre de 2010)
Entidad convocante: 
Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación: 
21.12.2010
Estado: 
Procedimiento Cerrado
Destinatarios:

  1. Los/las emigrantes gallegos/las, y sus hijos, mayores de 18 años, que posean la condición de gallego de acuerdo con lo que se establece en el artículo 3º.2 del Estatuto de autonomía de Galicia. La forma de acreditar dicha condición de gallego se señala en el artículo 14º de estas bases.
  2. Los nietos de emigrantes gallegos, mayores de 18 años, que posean la condición de gallegos de acuerdo con lo que se establece en el artículo 3º.2 del Estatuto de autonomía de Galicia y acrediten un año de residencia continuada en Galicia, mediante cualquier justificación en documento oficial.
  3. En el caso de fallecimiento de las personas indicadas en los puntos 1 y 2, y siempre y cuando no transcurrieran más de quince meses desde el fallecimiento, su cónyuge viudo, los hijos, la pareja de hecho o relación análoga.

Supuestos de necesidad:

  • Situación de dependencia o enfermedad grave del solicitante.
  • Situación de dependencia, o enfermedad grave en el seno de la unidad familiar.
  • Invalidez o enfermedad permanente.
  • Cobertura de medicamentos y tratamientos de enfermedades crónicas o graves, cuando tengan un coste elevado.
  • Ayudas para las mujeres que sufran violencia de género.
  • Situación de desempleo en la unidad económica familiar.
  • Situación de precariedad en la unidad familiar.

Lugar de presentación de las solicitudes:

  • En Argentina: Delegación de la Xunta de Galicia en Buenos Aires.
  • En Uruguay: Delegación de la Xunta de Galicia en Montevideo.
  • En Brasil:
    • Peña Gallega de la Casa de España de Río de Janeiro.
    • Real Sociedad Española de Beneficencia de Salvador-Bahía.
    • Sociedad Hispano Brasileña de Socorros Mutuos y Instrucción en Sao Paulo.
    • Sociedad de Socorros Mutuos y Beneficente Rosalía de Castro en Santos.
  •  En Cuba: Federación de Sociedades Gallegas en La Habana
  •  En Venezuela: Hermandad Gallega de Venezuela en Caracas.
  • O en la Secretaría Xeral da Emigración (Basquiños, 2 - 15704 Santiago de Compostela) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38º.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administracións públicas y del procedemiento administrativo común.

Contacto e información:
Secretaría Xeral da Emigración
Servicio de Acción Social
Teléfonos: 981 545877 - 981 545880
Fax: 981 957055
Correo electrónico: [email protected]
Documentación adjunta:

  • Formularios de solicitud
  • Bases de la convocatoria en el D.O.G.
  • Bases de cálculo

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