El trabajador transfronterizo es aquella persona extranjera que en España realiza actividades lucrativas (ganar dinero) ya sea porque trabaja para otro (trabajador por cuenta ajena) o para sí mismo (trabajador por cuenta propia) pero que cada día vuelve a su país de origen, es decir trabaja en España pero vive en un país limitrofe. Es típico de trabajadores marroquíes y de Andorra.
Para trabajar por cuenta ajena harán falta los siguientes documentos
Para trabajar por cuenta propia (autónomo) harán falta los siguientes documentos
Una vez logrado el permiso, y no más tarde de 1 mes, el trabajador deberá ser dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que le corresponda. Además el trabajador deberá obtener su NIE Tarjeta de Identidad de Extranjero que deberá pedirla como trabajador transfronterizo
Una vez obtenido el permiso de trabajador transfronterizo este tendrá un plazo de vigencia de un mínimo de 3 meses y un máximo de 1 año que comenzará a contar desde la fecha de inicio del contrato que normalmente será la misma para ambos documentos.
El permiso de trabajo transfronterizo sólo es válido para la Comunidad Autónoma limítrofe a donde reside el trabajador por ejemplo un trabajador andorrano podrá realizar su labor en Cataluña pero no en Valencia.
La autorización podrá prorrogarse si la relación laboral se mantiene, es decir al pasar el año si continua trabajando en España se podrá renovar la autorización. Estas prorrogas tendrán la misma duración que el contrato con un máximo de un año cada una.
Si se pierde el trabajo o se cesa el negocio la autorización de trabjador transfronterizo expira.
Por último comentar que tener la autorización de trabajador transfronterizo no da derecho a optar al permiso de residencia y trabajo aunque si se tiene en cuenta en la solicitud.
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